Ciudad de México. Si queremos impulsar la democracia en los sindicatos, entre ellos el Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), uno de los más importantes de América Latina, no basta con garantizar el voto personal, libre, directo y secreto, advirtió el magistrado Plácido Morales Vázquez, presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA).
Para tal objetivo, agregó, es necesario profundizar más en la reforma a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y, de paso, del propio tribunal, porque nuestras competencias son muy reducidas, subrayó.
Morales Vázquez considera que debería ahondarse en una transformación que se ensanche más, tanto en juicios individuales como colectivos, hacerlos más expeditos, respetando la autonomía de los sindicatos como mandatan los tratados y acuerdos suscritos por México en el ámbito internacional, pero también tener una ley que señale que los gremios deben tener congresos o asambleas informativas sobre la transparencia, la vigencia y la legalidad de sus órganos, para que las elecciones fueran más auténticas.
En entrevista con La Jornada, tras participar en las reuniones entre el magisterio disidente de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) y el presidente Andrés Manuel López Obrador, aseguró que ya no tienen aplicabilidad, son inválidos los artículos 8 y 9 del Reglamento para la Elección de Directivas Seccionales, que elaboró el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del SNTE, con el que renovó el año pasado más de 48 secciones en todo el país, en los que se establecía como requisito para acceder a cargos de elección sindical tener una antigüedad mínima de ocho años en el gremio y haber pertenecidos a algún comité seccional anterior, lo que consideró atentatorio contra cualquier ley.
Sin embargo, afirmó que todas las elecciones que se realizaron con esas reglas son válidas, porque en ninguna convocatoria se especificó que se llamaba a una elección con base en dichos artículos.
El CEN del SNTE y sus órganos de gobierno, explicó, publicaron un reglamento de elecciones con dos artículos (8 y 9) que ya no tienen aplicabilidad, que vienen del viejo estatuto, los cuales señalan como requisitos haber ocupado un cargo y tener un mínimo de militancia, y son inválidos.
–¿Pero los 48 elecciones seccionales del SNTE se realizaron bajo esas reglas?
–Si la convocatoria dijera conforme al artículo 8 y 9, el TFCA la declararía nula, pero no se invoca eso. Si aclarara que los artículos 8 y 9 son requisitos para que se inscriban (en el proceso de elección), el tribunal resolvería que no es procedente esa convocatoria, y ninguna ha dicho que tienen aplicación los dos artículos.
–¿Se informó al magisterio de esta nulidad de los artículos 8 y 9 del reglamento de elección?
–En la práctica, si se hubiera dado un caso en que no se permitiera el registro por esto, la elección no hubiera sido válida, porque es excluyente, es atentatorio contra cualquier ley.
Respecto a si la elección de una dirigencia sindical con estas reglas son democráticas o no, afirmó que no las calificaría de democráticas, son legales. En cualquier sindicato del apartado B, el gremio es el que regula sus órganos de control y vigilancia; ya sea en una asamblea general o en un congreso, se aprueban las reglas por las que va a sujetarse la renovación.
Afirmó que a nivel federal, el TFCA no tiene pendiente ningún caso de maestros cesados, a excepción de seis expedientes con otros antecedentes, y que ya cuenta con un laudo. Consideró que el SNTE debe hacer un congreso nacional que dé una dimensión distinta a los procesos internos, a sus elecciones.
Destacó que ni los sindicatos ni el sistema electoral se van a democratizar de la noche a la mañana, porque cuesta mucho combatir, destruir las inercias. Muchos profesores que tienen el voto apoyan a los mismos que han estado (en la dirigencia) mucho tiempo. Es un tema que se va a ir consolidando con la práctica política y la conciencia cívica, pero aún nos falta mucho camino por recorrer.