En una votación dividida, los ministros aprobaron la confirmación de un amparo solicitado por seis empresas y que tendrá efectos generales.
Tomado de La Política on Line
Redacción LPO
Enero 31 de 2024
Tras dos años de batalla judicial, el proyecto eléctrico de Andrés Manuel López Obrador sufrió un duro revés. Esta tarde de miércoles y en una votación dividida, la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó el amparo a seis empresas del sector privado, que tendrá efectos generales en el sector.
Luego de la lluvia de amparos, desde 2021 en que se promovió esta iniciativa y que fueron revisados por los jueces Juan Pablo Gómez Fierro y Rodrigo de la Peza López Figueroa, el tema llegó esta tarde a la Segunda Sala de la Corte en una votación dividida. A favor se pronunciaron Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar y en contra Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar, así como una excusa planteada por el Ministro Javier Láynez.
Pérez Dayán rompió el empate con su voto de calidad como Presidente de la Sala, aplicando el artículo 56 de la Ley de Amparo, que lo permite cuando se aprueba la excusa manifestada por un Ministro.
Vele recordar que esta ley propone un cambio en el despacho de la energía, dando prioridad a aquella generada por las centrales de la CFE o empresas privadas que tengan contratos con la eléctrica. Para los ministros, el argumento central es que el objetivo no puede estar por encima del mandato Constitucional de libre competencia en generación y transición hacia energías limpias.
“Decidir que el despacho se realice favoreciendo a un determinado grupo de centrales distorsiona el proceso de competencia y libre concurrencia en el sector de la generación de energía eléctrica, obstaculiza la formación de un nuevo mercado conforme a lo ordenado por el Poder Reformador de la Constitución, desincentiva la participación de nuevos agentes en ese mercado, y rompe con el mandato de neutralidad que se encomendó al Centro Nacional de Control de Energía (Cenace)”, señalan en la sentencia.
En ese sentido, aunque el amparo fue interpuesto por seis empresas, la reforma queda sin efecto para el resto de las empresas del sector. “De no reconocerse esos resultados colaterales de la protección Constitucional, podría crearse una diversa distorsión en ese mercado, porque precisamente se colocaría a las empresas quejosas en una posición de especificidad en el plano de la competencia”, explica el fallo”, argumentaron.
López Obrador presentó esta iniciativa de reforma en octubre de 2021 luego del revés que obtuvo de la Corte a la Ley Eléctrica, bajo los mismos argumentos. Ahora el gobierno había logrado (con recursos legales) que no se discutiera un proyecto del ministro Laynez, que buscaba invalidar la aplicación de las reformas a la LIE, sin embargo, no interpuso ningún recurso contra el proyecto de Pérez Dayán.